Según se determina en el Acuerdo Estatal del Sector del Metal, la Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector del Metal será obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011. Será obligatoria para trabajadores del sector de metal, que presten servicios en obras de construcción.
Los trabajadores metalúrgicos que prestan sus servicios en obras de construcción deben tener una formación de 8 horas presenciales de nivel inicial más una específica del puesto de trabajo/oficio de unas 20 horas, esta formación debe ser también presencial y sólo la pueden impartir entidades homologadas por la Fundación Laboral de la Construcción y/o la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo.
La formación en materia de prevención de Riesgos Laborales que se debe impartir a los trabajadores del Sector del Metal sólo será exigible a partir del 31 de diciembre de 2011 (Disposición 16075 del BOE num. 255 de 21 de octubre de 2010).